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jueves, 6 de junio de 2013

Entran en vigor las ayudas al alquiler y los desahucios rápidos por el impago de renta

Entre las novedades de la ley se incluyen dos ejes principales: la concesión de ayudas al arrendatario y la rebaja en la duración de los contratos



Nuevas reglas de juego en el alquiler de viviedas
La nueva Ley de Flexibilización y Fomento del Alquiler entra este jueves en vigor después de haber sido publicada ayer por el BOE y anunciada a principios de abril por la ministra de Fomento, Ana Pastor. Entre las novedades del plan se incluyen dos ejes principales: la concesión de ayudas al arrendatario y la rebaja en la duración de los contratos.
Los inquilinos con un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM (532,51 euros mensuales) podrán beneficiarse de ayudas de lasta el 40% de la renta de alquiler siempre y cuando esta sea inferior a los 600 euros. La cantidad de la prestación tendrá así un límite de 200 euros al mes y beneficiará a unas 133.000 familias, según cálculos del Ministerio de Fomento.
Asimismo, la nueva normativa prevé fomentar la salida al mercado de viviendas protegidas para el alquiler.
En cuanto a las medidas para flexibilizar los contratos, se establece lalibertad de pacto entre las partes para que convengan de forma personalizada los puntos y cláusulas del acuerdo en base a las preferencias de los implicados. También se reducen de cinco a tres años el plazo de prórroga obligatoria y de tres a una la prórroga táctica aumática.
Si el arrendatario quiere acabar con el contrato, podrá hacerlo una vez pasados seis meses y cuando comunique con el plazo de un mes sus intenciones al propietario de la vivienda.
De cara al arrendador, también se incluyen ventajas. El propietario podrá recuperar la casa alquilada siempre y cuando se vaya a destinar como vivienda habitual para él mismo o para familares de primer grado o el cónyuge. Esta garantía solo podrá ser aplicada cuando haya transcurrido un año de contrato y siempre y cuando se comunique con dos meses de antelación.
Así, la nueva ley texto dará prioridad a la voluntad de las partes en otras cuestiones, como la actualización de la renta -hasta ahora era forzosamente por el IPC-, la renuncia al derecho de adquisición preferente de la vivienda o que las reformas en la casa puedan deducirse del alquiler a partir del tercer año.
Por otro lado, y ante el aumento significativo del uso del alojamiento privado para el turismo/, la reforma de la Ley de arrendamientos urbanos propuesta los excluirá específicamente para que queden regulados por la normativa sectorial específica o, en su defecto, se les aplique el régimen de los arrendamientos de temporada, que no sufre modificación.

Desahucios rápidos

A partir de su entrada en vigor, el arrendador podrá solicitar el procedimiento de desahucio con un solo mes de impago, y una vez que el juzgado remita la notificación, el inquilino tendrá que abonar la deuda o presentar alegaciones en un plazo de diez días.
Además se creará un registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler con el objetivo de ofrecer información a los propietarios de los inmuebles del riesgo que supone arrendar una vivienda a personas que han sido condenadas judicialmente por falta de pago.

fuente: abc.es

viernes, 19 de abril de 2013

España tiene 3,4 millones de viviendas vacías


Suponen el 13,7% del total. Entre 2001 y 2011 crecieron casi un 11%, según el Censo de Población y Viviendas 2011 del INE. Una quinta parte se construyeron durante el ‘boom’ inmobiliario.

El número de viviendas vacías en España se ha incrementado en un 10,8% respecto a 2001, hasta alcanzar los 3.443.365 inmuebles, según datos del Censo 2011 realizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta cifra supone un 13,7% del total de 25,2 millones que existen en el país.
Un dato destacable es que una quinta parte de las viviendas vacías, el 21,4%, se ubican en edificios construidos en los últimos diez años, en pleno boom de la construcción en España que precedió al estallido de la burbuja inmobiliaria hace cinco años.
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Así, con fecha 1 de noviembre de 2011, el parque de viviendas en España se situaba en más de 25 millones de inmuebles, un 20,3% más respecto a 2011, de las que el 72% son principales —las que están ocupadas la mayor parte del año—, hasta 18 millones.
Además, estos inmuebles son los que más se han incrementado en los últimos 10 años, con un repunte del 27,5%, lo que supone 3,9 millones de viviendas más. Las cifras reflejan que el número total de viviendas creció entre 2001 y 2011 en España en 4,26 millones (+20,3%), mientras que la población aumentó en ese período en 5,97 millones (+14,6%).
El elevado stock de viviendas, muchas de ellas nuevas en manos de entidades financieras o del banco malo, vacías y el fuerte deterioro de su valor en los últimos años han sumido en un profundo bache al sector inmobiliario y están dificultando la salida de la crisis al lastrar al sector financiero y reducir la riqueza de las familias.
Por su parte, el número de viviendas secundarias, que se corresponden con segundas residencias o inmuebles que sólo están ocupados durante las vacaciones, han registrado un aumento del 0,8%, hasta los 3,6 millones de pisos, el 14,6% del total.
Andalucía (con 637.221), Valencia (con 505.029) y Catalunya (448.356) se levantan casi la mitad del total de viviendas sin ocupar en el país, un número que ha crecido en los últimos diez años en casi 337.000 (+10,8 por ciento). Por porcentaje con respecto al total de las viviendas existentes en la comunidad autónoma, Galicia, La Rioja y Murcia encabezan el ránking de residencias vacías, mientras que en el otro extremo se sitúan Navarra, Madrid y País Vasco.
La Junta de Andalucía aprobó recientemente un decreto que contempla la expropiación temporal de viviendas que se encuentran inmersas en un proceso de desahucio, que ha sido incorporado por el PSOE vía enmienda al proyecto de ley Antidesahucios que actualmente está en tramitación parlamentaria.
Fernando Encinar, jefe de estudios del portal inmobiliario idealista.com, indicó que estos datos “rompen la leyenda de los 6 millones de viviendas vacías que desde comienzos de 2012 que algunos tertulianos y políticos han utilizado en sus argumentos”.
Encinar indicó que, pese a que la abundancia podría destinarse a fomentar el alquiler en un momento de restricción de hipotecas y precariedad laboral, no es oro todo lo que reluce. “Hay que detallar cuidadosamente estas cifras porque según nuestros propios análisis sólo una de cada tres casas vacías sería susceptible de poder alquilarse”, dijo. “El resto bien por su estado de conservación, antigüedad o encontrarse en municipios de escasa o nula demanda de vivienda en alquiler no son adecuadas para ponerse en este mercado”, añadió.
Estas cifras se conocen el mismo día que la Comisión de Economía del Congreso tiene previsto votar una proposición de Ley sobre deudores hipotecarios y alquiler social, en medio de un incremento del número de desahucios en España que se ha convertido en un frente clave de las protestas en el país.
fuente: Publico.es