jueves, 6 de junio de 2013

Entran en vigor las ayudas al alquiler y los desahucios rápidos por el impago de renta

Entre las novedades de la ley se incluyen dos ejes principales: la concesión de ayudas al arrendatario y la rebaja en la duración de los contratos



Nuevas reglas de juego en el alquiler de viviedas
La nueva Ley de Flexibilización y Fomento del Alquiler entra este jueves en vigor después de haber sido publicada ayer por el BOE y anunciada a principios de abril por la ministra de Fomento, Ana Pastor. Entre las novedades del plan se incluyen dos ejes principales: la concesión de ayudas al arrendatario y la rebaja en la duración de los contratos.
Los inquilinos con un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM (532,51 euros mensuales) podrán beneficiarse de ayudas de lasta el 40% de la renta de alquiler siempre y cuando esta sea inferior a los 600 euros. La cantidad de la prestación tendrá así un límite de 200 euros al mes y beneficiará a unas 133.000 familias, según cálculos del Ministerio de Fomento.
Asimismo, la nueva normativa prevé fomentar la salida al mercado de viviendas protegidas para el alquiler.
En cuanto a las medidas para flexibilizar los contratos, se establece lalibertad de pacto entre las partes para que convengan de forma personalizada los puntos y cláusulas del acuerdo en base a las preferencias de los implicados. También se reducen de cinco a tres años el plazo de prórroga obligatoria y de tres a una la prórroga táctica aumática.
Si el arrendatario quiere acabar con el contrato, podrá hacerlo una vez pasados seis meses y cuando comunique con el plazo de un mes sus intenciones al propietario de la vivienda.
De cara al arrendador, también se incluyen ventajas. El propietario podrá recuperar la casa alquilada siempre y cuando se vaya a destinar como vivienda habitual para él mismo o para familares de primer grado o el cónyuge. Esta garantía solo podrá ser aplicada cuando haya transcurrido un año de contrato y siempre y cuando se comunique con dos meses de antelación.
Así, la nueva ley texto dará prioridad a la voluntad de las partes en otras cuestiones, como la actualización de la renta -hasta ahora era forzosamente por el IPC-, la renuncia al derecho de adquisición preferente de la vivienda o que las reformas en la casa puedan deducirse del alquiler a partir del tercer año.
Por otro lado, y ante el aumento significativo del uso del alojamiento privado para el turismo/, la reforma de la Ley de arrendamientos urbanos propuesta los excluirá específicamente para que queden regulados por la normativa sectorial específica o, en su defecto, se les aplique el régimen de los arrendamientos de temporada, que no sufre modificación.

Desahucios rápidos

A partir de su entrada en vigor, el arrendador podrá solicitar el procedimiento de desahucio con un solo mes de impago, y una vez que el juzgado remita la notificación, el inquilino tendrá que abonar la deuda o presentar alegaciones en un plazo de diez días.
Además se creará un registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler con el objetivo de ofrecer información a los propietarios de los inmuebles del riesgo que supone arrendar una vivienda a personas que han sido condenadas judicialmente por falta de pago.

fuente: abc.es

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