jueves, 16 de mayo de 2013

Consejos para reducir el ruido de tu vivienda


¿Qué tipo de normativas existen que regulen los horarios e intensidades de ruidos procedentes de instrumentos musicales, por ejemplo un piano?
El piano es el instrumento musical que más problemas plantea para la doctrina jurisprudencia que regula la convivencia en comunidades de vecinos. En primer lugar el propietario afectado habrá que intentar acudir a la vía del diálogo con el otro propietario. En caso de que los problemas persistan, habrá de dirigirse al presidente de la comunidad para que exprese al propietario el cese de los ruidos. Si prosiguen los ruidos, la comunidad de propietarios en junta podrá entablar una acción de cesación en base al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Por último para comprobar los niveles de ruido, el afectado deberá acudir a una empresa de acreditación para la medición mediante sonómetro del nivel de ruidos y verificar así si se vulneran los niveles establecidos por hora en la normativa.

¿De quién es la responsabilidad del ruido proveniente de puertas estropeadas del garaje?
Una vez más la Ley de Propiedad Horizontal dice en el artículo 10.1 que es obligación de la comunidad la ordenación de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble. Por lo tanto corresponde a la comunidad de propietarios la reparación en el caso de este supuesto.

El edificio colindante tiene un bar con una terraza que causa molestias acústicas
Cuando el perjudicado es una comunidad de vecinos diferente a donde se realizan las actividades molestas acústicamente, en primer lugar habrá que hacer saber a los responsables del bar las molestias, y a continuación –y si el ruido persiste- denunciar los hechos ante la policía.

En la comunidad de vecinos hay perros ladrando en la terraza todo el día
La normativa municipal regula y establece los horarios de permanencia de animales en terrazas o en patios, y limita además el número de animales por vivienda. Si algún propietario incumple esta normativa, será necesario ponerlo en conocimiento del ayuntamiento.

Fiestas multitudinarias y hasta altas horas de la madrugada
Agotada ya la vía del diálogo con los propietarios o inquilinos que causan las molestias acústicas, la comunidad de vecinos podrá acudir directamente a los causantes del ruido para pedir que cesen. Atendiendo a la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 7.2, ni el propietario ni el ocupante de un piso pueden desarrollar actividades molestas. La comunidad reunida en junta podrá autorizar el inicio de un procedimiento de acción de cesación.

El ascensor de un edificio de nueva construcción genera un ruido insoportable
En el caso de que los ruidos procedan de patologías o defectos de construcción, los daños correspondientes habrán de ser sufragados por la constructora –no habiendo transcurrido el plazo de reclamación-.
El artículo 17 de la Ley de Ordenación de la Edificación, establece que los agentes intervinientes en el proceso de edificación, responderán durante tres años de los daños materiales causados en el edificio por vicios y defectos constructivos –como en el caso del ascensor-.


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